Elsabueso Mexiquense
Opacidad y transparencia
Uno de las primeros resultados que brinda la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública que, entre otros puntos, desnuda a los sindicatos que reciben dinero público, así como a los partidos políticos y los organismos autónomos del Estado mexicano, deja en claro que únicamente 11 instituciones tienen el derecho de restringir información. Así, los gremios como el de los petroleros, los maestros y los trabajadores del Estado deberán habilitar un espacio en sus páginas de internet para que éstos cumplan con sus obligaciones de transparencia y dispongan de la infraestructura tecnológica para el uso y acceso a la plataforma nacional.
Desafortunadamente en nuestro país la opacidad de algunos servidores públicos en sus tres niveles de gobierno retrasó el cumplimiento de las normas anteriores, misma que ha sido sustituida por esta importante y bien recibida Ley, que a decir de la sociedad en general será un parte aguas en la conducción, ejecución, transparencia y, manejo de la información y de los recursos públicos. Esta nueva Ley fue aprobada por unanimidad por los integrantes de las comisiones unidas de Anticorrupción y Participación Ciudadana, Gobernación y Estudios Legislativos.
De acuerdo a las informaciones recibidas la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública fue avalada por PRI, PAN, PRD, Partido Verde, PT y Nueva Alianza en Comisiones Unida. La misma establece que los sindicatos sólo podrán reservar la información en torno a los domicilios de sus integrantes, pero deberán mostrar los contratos y convenios que tienen con las autoridades y “la relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado del ejercicio y destino final de los recursos públicos que ejerzan”.
Los institutos de transparencia “podrán imponer al servidor público encargado de cumplir con la resolución o a los miembros de los sindicatos, partidos políticos o a la persona física o moral responsable” amonestación pública o una multa de hasta mil 500 veces el salario mínimo vigente en la zona geográfica de que se trate”. Pero además de que aplicarán estas sanciones a quienes no cumplan las resoluciones que emitan, los institutos de transparencia podrán aplicar sanciones a quienes no cumplan con sus obligaciones de transparentar, “y, en su caso, conforme a su competencia darán vista a la autoridad competente para que imponga o ejecute la sanción”.
También detalla 13 causales para que proceda la reserva de información, entre ellas que comprometa la seguridad pública o la defensa nacional y cuente con un propósito genuino y efecto demostrable o pueda afectar la efectividad de las medidas adoptadas en relación con las políticas en materia monetaria; pueda poner en riesgo la estabilidad de las instituciones financieras o del sistema financiero del país, entre otras. A partir de ahora, todos los sujetos obligados deberán contar con un Comité de Transparencia, que serán la máxima autoridad en la materia; sin embargo, aclara que 11 dependencias federales que manejan información de seguridad pública, nacional y financiera no estarán obligadas. Bien por ello.
elsabuesomexiquense@gmail.com 25092015