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REFORMA CONSTITUCIONAL SOBRE NACIONALIDAD MEXICANA


Las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Estudios Legislativos, Segunda, aprobaron un dictamen que modifica el artículo 30 de la Constitución Política, a fin de establecer que la nacionalidad mexicana la puedan adquirir aquellas personas que nazcan en el extranjero y sean hijos de padres mexicanos.

En el documento se menciona que el actual precepto en vigor comete una injusticia con respecto a los hijos de padres mexicanos nacidos en el extranjero, toda vez que se les coloca en una nacionalidad “de segunda clase” al exigir que los progenitores hayan nacido en territorio nacional.

Por ello, se subraya que debe tomarse en consideración que el derecho a la nacionalización es inherente a la persona humana, además de que es inderogable en diversos tratados internacionales.

Al respecto, el senador Enrique Brugos García, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, consideró viable esta modificación, pues abona al espíritu de albergar bajo la tutela de la nacionalidad mexicana a quienes sean hijos de padres mexicanos, independientemente de que nazcan fuera del territorio nacional.

En tanto, la senadora Cristina Díaz Salazar, presidenta de la Comisión de Gobernación, indicó que esta es una aportación “muy valiosa”, que permitirá ayudará a los connacionales que viven en el extranjero.

Dijo que la reforma propone de manera justa y adecuada otorgar la nacionalidad a toda persona que nazca en el extranjero y sea hijo de padres mexicanos.

Refirió que en Estados Unidos residen más de 11 millones de personas que ostentan la nacionalidad mexicana.

En su turno, el senador del grupo parlamentario del PRI, Gerardo Sánchez García, precisó la reforma armoniza la legislación en la materia, ya que tiene pleno derecho al reconocimiento de la nacionalidad mexicana por nacimiento y para quienes hubieran nacido en el extranjero y al menos uno de sus padres tenga reconocida esta nacionalidad.

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