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GUARDIAS DE SEGURIDAD PRIVADA PARA PARTICIPAR EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO.

Capacitarán guardias de seguridad privada para que puedan participar en calidad de auxiliares de las autoridades, como primeros respondientes, conforme al nuevo Sistema de Justicia Penal acusatorio y oral que entrará en vigor en todo el país en el mes de junio.

La Asociación Mexicana de Empresas de Seguridad Privada (AMESP),será quien los capacite y será auxiliar de la Policía y el Ministerio Público con capacidades para procesar la escena del hecho o del hallazgo, en el caso de la comisión de un delito y del Ministerio Público, durante su procesamiento, de conformidad a lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Los cursos que puso en marcha la AMESP, fueron autorizados y validados por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema del Justicia Penal y la Comisión Nacional de Seguridad de la Secretaría de Gobernación.

Una vez capacitados, personal de seguridad privada podrá participar como primer respondiente en el Sistema de Justicia Penal acusatorio y oral, de la siguiente manera:

Al tomar conocimiento de un hecho que la Ley señale como delito darán aviso de inmediato a la autoridad, mantendrán la seguridad perimetral de la zona evitando modificarla, con el objetivo fundamental de garantizar la integridad de los indicios hasta en tanto los integrantes de la Policía con capacidades para procesar la escena del hecho arriben al lugar.

Coadyuvarán con las autoridades y las Instituciones de Seguridad Pública, dando cabal cumplimiento a su obligación de aportar datos para la investigación de delitos del fuero federal o del fuero común, cuando así se lo requieran los cuerpos de seguridad pública o el Ministerio Público.

Podrán participar también a través de la denuncia o querella o por su equivalente cuando la ley lo exija.

En los juicios orales deberán suministrar oportunamente la información que le requiera el Ministerio Público y la Policía investigadora de conformidad con lo dispuesto en Código Nacional de Procedimientos Penales. Por lo que, en caso de ser citados para ser entrevistado por el Ministerio Público o la Policía, tiene la obligación de comparecer. En caso de incumplimiento, se incurrirá en responsabilidad y será sancionado de conformidad con la ley.

Estos cursos están dirigidos al personal operativo de Seguridad Privada registrado ante la Dirección General de Seguridad Privada, de la Secretaría de Gobernación y ante las autoridades locales competentes; que cuente con Cédula Única de Identificación Personal CUIP y Cédula de Identificación Personal CIP. Además, en su caso, contar con cédula de identificación emitida por la autoridad local competente.

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