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SERIE DE REFORMAS Y ADICIONES A LA LEY DE MIGRACIÓN

Se busca prevenir situaciones y conductas que reiteradamente han sido denunciadas y que alientan la violación de los derechos humanos de los migrantes


Diputado Felipe Reyes Álvarez: Con su venia, diputado presidente. Compañeras y compañeros legisladores. La presente iniciativa que hoy proponemos contempla una serie de reformas y adiciones a la Ley de Migración, con el objeto de actualizar su contenido al marco constitucional promulgado en junio del 2011.

Eso es a favor del respeto a los derechos humanos universales y contiene otras modificaciones y adiciones que tienden a prevenir situaciones y conductas que reiteradamente han sido denuncias y que alientan la violación de los derechos humanos de los migrantes, población que resulta altamente vulnerable.

Para México la seguridad y protección de los migrantes es un problema real no resuelto a pesar de los diferentes esfuerzos institucionales realizados. De todos es conocimiento que los migrantes son víctimas de un número múltiple de delitos por parte no sólo del crimen organizado, sino también de personal del Instituto Nacional de Migración y de policías de todos los órdenes de gobierno.

De acuerdo con la Comisión Nacional de Población, Zacatecas, Guanajuato, Michoacán y Nayarit son los estados considerados de alta intensidad migratoria o expulsores de migrantes de manera histórica, y de igual manera anualmente ingresan al país de acuerdo con las dependencias migratorias, 150 mil centroamericanos, aunque organismos de la sociedad civil y el Colegio de México estiman que son alrededor de 400 mil migrantes provenientes de la región y que ingresan a nuestro territorio.

Los focos rojos en el tema migratorio es el desempeño del personal del Instituto Nacional de Migración, ya que se han documentado diversas denuncias por actos de corrupción y delitos entre los que destacan secuestros, extorsiones, trata de personas, violaciones, homicidios, robo de órganos, etcétera.

De 2006 a 2012 alrededor de 883 funcionarios del INM fueron sancionados por estar involucrados en actos ilícitos, y el 67 por ciento de los ilícitos cometidos contra migrantes sucedieron en el sureste del país, en los estados de Veracruz, Tabasco y Chiapas, y el 29 por ciento ocurrieron en el norte del país. Estas cifras ponen en evidencia la vejación constante de los derechos humanos fundamentales de los migrantes.

También es de reconocer que existen serias dificultades para hacer la integración de las averiguaciones previas y los criterios jurisdiccionales diversos que provocan un sistema judicial poco efectivo y confiable. Por eso la iniciativa que proponemos establece que la protección y defensa de los derechos e intereses de los migrantes nacionales y extranjeros esté a cargo de una procuraduría federal de la defensa de los migrantes y que esta se cree como un organismo público descentralizado, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio. Asimismo con autonomía técnica funcional y de gestión, agregándose que la prestación de sus servicios será gratuita y sus funciones y alcances y organización se contendrían en una ley orgánica que al efecto expida el Congreso de la Unión.

El objetivo básico de este nuevo organismo consiste en proteger los derechos humanos de los migrantes nacionales y extranjeros ante el Instituto Nacional de Migración, ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y los tribunales federales.

Se ha incluido también en el artículo 17 de la Ley de Migración la prohibición expresa de que ningún elemento de las Fuerzas Armadas, de corporaciones policíacas o de seguridad pública federales, estatales o municipales, podrán detener a las personas para comprobar su situación migratoria o por tener una situación migratorio irregular en el país, ya que esta facultad se reserva única y exclusivamente a las autoridades migratorias del Instituto Nacional de Migración.

Asimismo se hace una adición, en el sentido de contemplar expresamente que no se requiere Visa cuando se trate de pasajeros de vuelos internacionales en tránsito a un tercer país y teniendo la conexión aérea dentro de las 24 horas siguientes a su llegada.

También se establecen una serie de objetivos como el de todas las violaciones al artículo 17, en las conductas descritas en el artículo 148 de la Ley de Migración, que se consideren como delitos graves. Asimismo que se equiparen al delito de abuso de autoridad y que sus penalidades se aumenten en una mitad, cuando el abuso de autoridad lo cometan las autoridades migratorias.

Compañeras y compañeros legisladores, sin duda es muy importante el trabajo que hace el Legislativo para hacer visibles y sensibilizar estos temas. Pero al día de hoy tenemos vacíos a nivel preventivo, lo cual es el motivo fundamental de la iniciativa que hoy presentamos. Muchas gracias. Es cuanto, diputado presidente.

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