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CARTAS DE DERECHOS DE LAS Y LOS DENUNCIANTES Y VÍCTIMAS DEL DELITO, TESTIGOS E IMPUTADOS

Es necesario que agentes del Ministerio Público (MP), hagan del conocimiento de las garantías de las personas quienes comparezcan por algún delito.

La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), aplicará a partir de hoy las Cartas de Derechos de las y los Denunciantes y Víctimas del Delito, Testigos e Imputados.

Lo anterior es un el Acuerdo firmado por el titular de la dependencia Rodolfo Fernando Ríos Garza, el 30 de diciembre pasado.

El documento, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (GODF), informa que al rendir declaración o en entrevista, dichas cartas deberán ser leídas por el representante social y en cuya diligencia habrá que dejar constancia por escrito en la que el declarante asiente su firma, o bien, si no supiera hacerlo su huella digital.

En las Cartas de Derechos queda debidamente establecido que el personal ministerial, policial y pericial tiene la obligación de proteger y respetar los derechos que le otorga la Constitución, bajo los principios de legalidad, certeza, objetividad, eficacia, eficiencia, profesionalismo, honradez, imparcialidad, confidencialidad, lealtad, responsabilidad, transparencia y respeto a los derechos humanos.

Al ser denunciante o víctima de un delito, tiene derecho a contar con un asesor jurídico público o privado; recibir atención médica y psicológica desde la comisión del hecho delictivo.

Se le designará, gratuitamente, un perito traductor-interprete para el caso de que no hable o no entienda el español; mantener en reserva sus datos personales, incluyendo número telefónico, domicilio y las copias de las identificaciones que haya exhibido ante la autoridad, entre otros.

En tanto, al ser testigo de un delito tiene derecho a que se le explique claramente el motivo de su comparecencia; la recepción de su testimonio o entrevista se realice en presencia de algún familiar y de ser el caso por perito especializado en psicología cuando sea menor de 18 años de edad.

La autoridad deberá mantener en reserva sus datos personales y solicitar a la autoridad ministerial las medidas de protección que correspondan para proteger su integridad física o psicoemocional.

Finalmente, al ser considerado como probable responsable o imputado se le informen sus derechos, los hechos delictivos que se le atribuyen, que se registre su detención y ser presentado ante la autoridad ministerial. Se le considerará inocente hasta que se demuestre lo contrario mediante sentencia firme; no ser obligado a declarar, no ser incomunicado, así como ser víctima de tratos crueles e inhumanos y degradantes, entre otros derechos.

Para garantizar la debida difusión, las agencias del Ministerio Público contarán con carteles y folletos impresos en las que se detallará el contenido de las Cartas de Derechos; los números telefónicos y direcciones de la Visitaduría Ministerial, Dirección General de Derechos Humanos, Contraloría Interna y Fiscalía para la Investigación de los Delitos Cometidos por Servidores Públicos de la PGJDF.

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