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EL MANDO ÚNICO

La pertenencia a un Estado necesariamente nos obliga a respetar sus leyes e instituciones, sin que su poder pueda ser superior o ajeno a los intereses del pueblo, pues el poder soberano dimana de la voluntad popular. Por ello, tenemos el derecho a que el Estado satisfaga ciertas necesidades que por nosotros mismos no podemos cubrir. La más importante en un Estado liberal es la seguridad para desempeñar nuestras labores, para cuidar nuestra vida, familia y patrimonio.

Afirma lo anterior en entrevista con este reportero, el magistrado Élfego Bautista Pardo, quien al tocar el tema “El Mando Único”, desarrolla pormenores del tema que nos asiste en el marco de “Así es el Derecho”.

En México, por disposición constitucional –apunta- la seguridad pública está a cargo de la Federación, del Gobierno de la ya Ciudad de México, los Estados y municipios. En estos últimos la policía preventiva está bajo el mando del presidente municipal, quienes tienen participación en el Sistema Nacional de Seguridad Pública (SNSP) en el que se coordina a los ministerios públicos y las instituciones de seguridad de los tres órdenes de Gobierno.

El Sistema Nacional de Seguridad Pública –añade- regula la selección, ingreso, formación, permanencia, evaluación, reconocimiento y certificación de los integrantes de las instituciones de seguridad pública; establece bases de datos criminalísticas y del personal de las instituciones de seguridad pública; formula políticas públicas de prevención de delito y la forma de participación de la comunidad.

El magistrado Bautista Pardo destaca, en este sentido, que la violencia e inseguridad que se han experimentado en diversas partes del país han puesto en evidencia que en algunas zonas las instituciones del Estado encargadas de proveernos seguridad, han sido insuficientes y en algunos casos han actuado de forma totalmente diferente a su finalidad, como los lamentables sucesos en Guerrero el año pasado, por lo que la necesidad de un Mando Único Policial se ha convertido nuevamente en tema central.

Desde el sexenio anterior –apunta el impartidor de justicia-, se comenzó a hablar de la pertinencia de este Mando Único, pues se había advertido infiltración de la delincuencia organizada en algunas corporaciones policiales municipales, y en diciembre de 2014 el actual titular del Ejecutivo presentó una reforma constitucional para ello, la cual aún se encuentra pendiente en comisiones y pretende reformar los artículos 21, 73, 104, 105, 115, 116 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Esa reforma –explica- pretende garantizar la seguridad pública mediante el Mando Único Policial estatal, al incluir facultades en materia de seguridad pública solo para la Federación y las entidades federativas, deja a los municipios únicamente como partícipes en el diseño y ejecución de políticas públicas de prevención no policial de los delitos, pues la seguridad de los municipios estará a cargo de los gobernadores de los Estados por conducto de la policía estatal.

La reforma –apunta- también establece las bases mínimas a las que deberá sujetarse el Sistema Nacional de Seguridad Pública, dando atribuciones a la Federación y a las entidades para homologar criterios de remuneración mínima, regímenes disciplinarios; protocolos de actuación y operación, equipamiento; establece la obligación de las instituciones policiales de las entidades federativas de actuar bajo el mando de las federales.

Además –afirma- faculta al Congreso para expedir leyes en la materia; a la Suprema Corte de Justicia de la Nación para conocer de las controversias relativas a la intervención de la Federación en los municipios, y al fiscal general de la República para comunicar a la Secretaría de Gobernación cualquier indicio de infiltración del crimen organizado en los servicios municipales.

Los “municipios libres” –aclara- son la base de la división territorial y administrativa de los estados, y los mayores críticos de esta reforma son serios defensores de esa condición y de la soberanía estatal. Sin embargo, el verdadero soberano es el pueblo, por lo que su bienestar, seguridad y progreso deben ser objetivo principal de cada decisión estatal, siempre velando por la protección y defensa de los derechos humanos. Así, cualquier reforma y política tendiente al bienestar de la población es respetable.

El magistrado Élfego Bautista Pardo, es titular de la Quinta Sala Civil, Ponencia 3, del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal.


blasalejo@yahoo.com


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