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ELEFANTE BLANCO LOS REFUGIOS DE MUJERES, VÍCTIMAS DE VIOLENCIA


El Estado Mexicano tiene avances importantes en protección a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, pero si bien pone a salvo a parte de ellas, incluso a éstas sigue sin ofrecerles alternativas de autonomía e independencia hacia futuro, por lo que permanecen vulnerables y expuestas a ser nuevamente violentadas.

El Diputado Federal, Rafael Hernández Soriano consideró necesario reformar la Ley en la materia a fin de que la atención integral hacia estas mujeres y sus hijos sea una realidad a través de la participación e involucramiento de los distintos ámbitos y niveles de gobierno, tal como lo ha comprometido el Estado Mexicano.

Al presentar una iniciativa para reformar y adicionar la Ley General Para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, el legislador perredista reconoció que la creación y operación de refugios contemplada en esta norma ha puesto a salvo a numerosas víctimas de violencia intrafamiliar, así como a sus hijas e hijos, pero simultáneamente les ha generado otros problemas.

Éstos incluso han derivado en el truncamiento de su desarrollo, pues el alojamiento de las mujeres en refugios implica su desplazamiento y, en el caso de mujeres trabajadores, el abandono de su centro de trabajo y, en el de sus hijas e hijos, la interrupción de estudios, lo que a la larga de nuevo los coloca en vulnerabilidad.

En consecuencia, no se cumple realmente la obligación del Estado Mexicano de ofrecer una atención integral a estas víctimas, pues a final de cuentas carecen de herramientas para construir y fortalecer su autonomía, independencia y participación en todos los ámbitos, con lo que se reproduce la violación de derechos que sufrían en el seno familiar, en particular, de parte de los hombres.

Hernández Soriano destacó que precisamente la violencia intrafamiliar es un instrumento de poder mediante el cual se menoscaban derechos a las mujeres y sus hijos al exponerlas a lesiones, violaciones, violencia sexual y mental, afectaciones a su salud y daños a su desarrollo social.

Si los refugios no son capaces de subsanar este menoscabo de derechos en el presente y hacia el futuro, su tarea resulta incompleta y deja a las víctimas nuevamente expuestas.

Refirió que para atender el problema de la violencia contra las mujeres, el Estado Mexicano, en apego a la Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, emitió la mencionada Ley General en 2007.

Uno de sus ordenamientos fue la creación de los refugios para garantizar la seguridad de las víctimas, lograr su recuperación física y psicológica, y avanzar en su empoderamiento, es decir, en el fortalecimiento de su autonomía, independencia y participación en todos los ámbitos.

Según la ley, estos refugios deben ser lugares seguros para las víctimas, quienes ahí deben recibir atención integral por medio de servicios especializados y gratuitos de hospedaje, alimentación, vestido, calzado, atención médica, asesoría jurídica, apoyo psicológico y programas educativos que permitan su reintegración y capacitación para desempeñar alguna actividad laboral.

Sin embargo, la ley no contempla que, por su desplazamiento a esos lugares, las víctimas eventualmente pierdan, en el caso de las madres, su trabajo, y, en el de las hijas e hijos, el ciclo escolar, por lo que tampoco prevé medidas al respecto.

Aún si no lo perdieran, tampoco prevé que se les capacite educativa, laboral y profesionalmente para que adquieren la mencionada autonomía e independencia.

Hernández Soriano señaló que precisamente la propuesta que ya puso a consideración del Pleno de Diputadas y Diputados plantea responsabilidades de las Secretarías de Desarrollo Social, Educación Pública, Trabajo y Previsión Social, y de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano para subsanar estas omisiones.


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