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REGLAMENTAR ARTÍCULO 29, SUSPENSIÓN DE GARANTÍAS.

Dada la crisis de nuestro país, que incluye los cientos de desapariciones forzadas, violaciones a derecho humanos, agresiones a periodistas, entre otras problemáticas, es necesario que se apruebe la Ley Reglamentaria del artículo 29, en materia de suspensión de garantías.

El Diputado Federal Rafael Hernández Soriano, sostuvo que en la minuta se plantea que el Congreso de la Unión será quien determine si procede la solicitud o no.

Aunque se garantiza la participación de las tres esferas del Estado, es mejor que haya reglas claras para evitar intenciones autoritarias, y la participación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), debe ser para ratificar esta decisión.

El Tercer Foro Nacional: Prevención del delito, seguridad pública, procuración de justicia y derechos humanos fue organizado por la Red Nacional de Organizaciones de la Sociedad Civil, “Hagamos más por México”.

El secretario de la Comisión de Gobernación, subrayó que aunque el gobierno federal niegue derechos y realidades, como el alto índice de impunidad o la permeabilidad del crimen organizado en el Estado, es mejor que haya reglas claras respecto a las facultades que tendrá el Ejecutivo federal en materia de suspensión de garantías, porque “las intenciones autoritarias están a la vuelta de la esquina”.

Los diputados del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática (GPPRD) se han pronunciado a favor de la minuta enviada por el Senado de la República sobre la Ley reglamentaria del artículo 29 de la Constitución al considerar que deja de lado la decisión unipersonal del presidente de aplicarla y se convierte en una decisión de Estado, que incluye a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Hernández Soriano explicó que en la minuta se garantiza la participación de las tres esferas del Estado, lo cual modifica el esquema autoritario que establecía que fuera el presidente, sin ningún contrapeso, el que decidiera en qué momento y bajo qué circunstancias diluía o coartaba las garantías constitucionales.

Consideró que la iniciativa es un cambio histórico que modifica el esquema presidencial y en ese sentido, unipersonal, que ya se ha aplicado en nuestro país en dos ocasiones: durante la época revolucionaria y en la Segunda Guerra Mundial.

“Si no hay una norma reglamentaria que dé la posibilidad de decirle al gobierno federal: tú puedes hasta cierto momento, pero cumpliendo ciertos requisitos, informar al Congreso, para que sea una decisión fundada y tienes que informar a la Corte para que no sigan de facto restringiendo los derechos humanos en el país, lo más fácil es que caiga en la tentación autoritaria”, agregó Rafael Hernández.

El legislador informó que el GPPRD analiza llevar a cabo consultas sobre el particular con expertos en el tema, incluido el relator de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

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