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RESPETAR LA INCLUSIÓN DE NOMBRES INDÍGENAS


El juez del Registro Civil estará obligado a registrar el nombre con estricto apego a las formas orales, funcionales y simbólicas pertenecientes a las lenguas indígenas.

La modificación garantiza el respeto al derecho de 68 etnias indígenas, que utilizan más de 360 variantes etnolingüísticas, señaló el senador Jorge Toledo Luis.

El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen de las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y Estudios Legislativos Segunda, que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal.

El presidente de la Comisión de Asuntos Indígenas, Jorge Toledo Luis, dijo que esta modificación garantiza el respeto al derecho de los indígenas para nombrar a sus hijos en su lengua materna, porque “es un derecho que se ha abierto paso poco a poco”.

Dijo que poner nombres indígenas es una forma de mostrar su identidad y pertenencia a las culturas ancestrales, y respetar esa decisión es parte de la interculturalidad que el gobierno mexicano debe asumir.

Subrayó ante el Pleno que esta reforma al Código Civil Federal visibiliza a las culturas originarias, las lenguas primordiales y los hombres y mujeres que hacen uso cotidiano de ellas.

En México existen 68 etnias indígenas y más de 360 variantes etnolingüísticas, cuyas grafías diferentes a veces son difíciles de pronunciar por hablantes de otras lenguas, explicó el senador del Grupo Parlamentario del PRI.

El dictamen detalla que México es parte del Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), donde se establecen numerosas disposiciones referentes al reconocimiento de los usos y costumbres indígenas, además de señalar que el Estado debe asegurar que los pueblos indígenas gocen de plena igualdad.

La reforma al Código Civil Federal aprobada por el Pleno del Senado de la República, por 72 votos a favor y cero en contra, fue remitida a la Cámara de Diputados para continuar con el proceso legislativo correspondiente.

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