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IMPOSTERGABLE REGULAR LA INTERVENCIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS EN MÉXICO

ay que eliminar el perverso incentivo de la inacción policial en los estados e impulsar el regreso de las Fuerzas Armadas a sus cuarteles, ya que existen las condiciones políticas necesarias para dar certidumbre a las Fuerzas Armadas y abonar a la pacificación de nuestro país.

El senador Roberto Gil Zuarth aseguró que es impostergable la discusión de la Ley de Seguridad Interior que dé certeza a las acciones de intervención de las Fuerzas Armadas en México, así como la creación de un órgano colegiado como instancia de coordinación para el despliegue de las mismas.

“Es absolutamente urgente la discusión de Ley de Seguridad Interior, no hay ninguna razón para seguir postergando esta decisión, hay que definir las condiciones, procedimientos y los objetivos de la presencia de las Fuerzas Armadas en la realización de tareas de seguridad, para que en esa medida puedan regresar paulatina y progresivamente a sus cuarteles”, dijo el senador.

Desde los años setenta, las misiones de las Fuerzas Armadas en materia de seguridad interior han evolucionado con la propia concepción de seguridad nacional.

Las Fuerzas Armadas (Ejército, Marina y Fuerza Aérea Mexicanas) tienen como mandato constitucional y legal la defensa exterior y seguridad interior del país, así como defender la integridad territorial, la independencia y soberanía de la nación.

Ante el aumento de la violencia de tipo criminal durante las décadas de los noventas y dos miles, aunado a la crisis de confianza en las instituciones de seguridad pública y procuración de justicia a nivel local y federal, los Presidentes de la República desde la época de Carlos Salinas de Gortari hasta Enrique Peña Nieto, pasando por las administraciones panistas de Vicente Fox y Felipe Calderón, ordenaron el despliegue de la Fuerza Armada Permanente, tanto en funciones y misiones relativas a la seguridad interior, verificación en materia de armas y explosivos, así como de apoyo a las funciones civiles en materia de seguridad pública.

Desde los años cuarenta, se han involucrado en campañas de erradicación de cultivos ilícitos.

En los años setenta, la llamada Operación Cóndor involucró un despliegue amplio de elementos para combatir al narcotráfico, particularmente en el noroeste del país.

Durante la administración del 2000-2006, las fuerzas armadas fueron movilizadas en operaciones de corto plazo para restablecer condiciones de seguridad en algunas localidades (Operativo México Seguro).

Sin embargo, en esa época todas las intervenciones tenían la misión acotada y las intervenciones eran de corto plazo (salvo las campañas permanentes de erradicación).

A partir de 2007 las operaciones dejaron de tener plazos perentorios. La presencia de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad se volvió permanente en múltiples estados y las Fuerzas Armadas llegaron a sustituir, no necesariamente complementar, a corporaciones municipales y estatales, dada la debilidad crónica de éstas para enfrentar las situaciones de crimen organizado y violencia.

Este nuevo modelo de intervención, genera al menos dos desafíos de política pública: en ausencia de corporaciones locales y estatales competentes, las Fuerzas Armadas no pueden retirarse, so pena de dejar indefensa a la población frente al crimen organizado y, por otra parte, la presencia de las Fuerzas Armadas (o de la Policía Federal) ha reducido los incentivos de los actores políticos locales y estatales para construir capacidades propias.

Además del problema político, el nuevo modelo de intervención generó un problema constitucional y legal. Hasta la fecha, ha existido plena justificación constitucional para la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad sostenida por criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, la creciente preocupación con respecto a los derechos humanos, así como interpretaciones divergentes del marco constitucional y la falta de un marco legal secundario han generado un clima de inseguridad jurídica sobre el cómo, cuándo y cuánto tiempo pueden operar las Fuerzas Armadas en apoyo a las autoridades civiles.

Nuestras Fuerzas Armadas llevan más de 50 años auxiliando a las autoridades civiles en el combate a la inseguridad. De manera directa, llevan ya una década protegiendo directamente a la población de nuestro país sin un marco regulatorio que le brinde certeza a soldados y marinos.

Ante la realidad, la iniciativa de Ley de Seguridad Interior plantea:

- Que el estado de fuerza que se despliegue para atender una situación de seguridad interior esté compuesta por elementos profesionales, especializados en proximidad social y debidamente capacitados en la protección y defensa de los derechos humanos.

- Crear el comité de seguridad interior encabezado por el secretario de Gobernación como instancia de coordinación en la materia.

- En la vertiente de inteligencia, se crea un subcomité encabezado por el CISEN para coordinar los esfuerzos de recolección, análisis y explotación de información sobre amenazas a la seguridad interior.

- Establecer las bases para la regulación del despliegue de Fuerzas Armadas en operaciones de seguridad interior: asistencia al Ministerio Público y policías civiles, puestos de control y revisión en vías de comunicación.

- Regular el procedimiento para la declaración de afectaciones a la seguridad interior a petición de los poderes Ejecutivo y Legislativo federal y de los estados de la República.

- Ampliar las facultades de la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional para supervisar las actividades del Estado Mexicano en materia de seguridad interior y de control parlamentario sobre los méritos y vigencia de declaratorias de afectación.

“Urge tener un estatuto legal que defina cuándo y en qué circunstancias pueden suplir las Fuerzas Armadas a una autoridad civil en una tarea que no les corresponde, porque de no hacerlo fomentamos el perversísimo impulso de que a nivel estatal o municipal las autoridades locales no se fortalezcan, no se capaciten y las cosas sigan como están”, afirmó el senador.

Explicó que Ley de Seguridad Interior plantea regular la facultad del Ejecutivo Federal de desplegar las Fuerzas Armadas para la realización de tareas de seguridad interior y concurrir de manera temporal al auxilio de los estados o municipios en la tarea de prestar el servicio de seguridad.

Gil Zuarth dijo que iniciativa de Ley de Seguridad Interior, propuesta en el Senado de la República, regula los supuestos de afectación a la seguridad interior que justifican que las Fuerzas Armadas puedan desplegarse en territorio nacional y realizar funciones civiles, así como que puedan retirarse una vez que se hayan cumplido los objetivos que motivaron su presencia.

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