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Transparencia para nombrar controles internos autónomos


Para darle certeza y legalidad a los nombramientos de los titulares de los Órganos Internos de Control (OIC), de siete organismos autónomos, el Congreso de la Unión debe asumir su responsabilidad para fortalecer la transparencia, para lo cual es necesario modificar el Decreto en el que se establecieron las reglas al respecto y que fue publicado el 27 de enero de este año en el Diario Oficial de la Federal.

El Diputado federal del partido de MORENA, Rogerio Castro Vázquez, presentó diversas iniciativas para cambiar el Artículo Segundo Transitorio de dicho Decreto, que incluía a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE); la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH); el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT); el Instituto Nacional de Estadísticas y Geografía (INEGI); el Instituto Nacional Electoral (INE); el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

“Este decreto mandata a la Cámara de Diputados para que, dentro de los 180 días, se inicien los procesos para la designación de los titulares de los OIC, a los cuales se les otorga autonomía y ejercer recursos públicos”, explicó.

El también Presidente de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, agregó que ello con excepción de aquellos titulares de los OIC a los que la Constitución les otorga su autonomía y se encuentran en funciones a la entrada en vigor de dicho decreto. Además, establece el 27 de mayo de 2015 como mandato para quienes fueron nombrados antes de esa fecha.

Resaltó que, de acuerdo con el Segundo Transitorio, la Cámara de Diputados debe proceder a la designación de los titulares de siete organismos autónomos, en este caso la COFECE, la CNDH, IFT, el INEGI, el INE, el INEE y el INAI, dentro de los 180 días.

“Por ejemplo, en el caso del Instituto Nacional Electoral, su contralor fue nombrado el 21 de mayo de 2014 y, por lo tanto, permanecerá en su encargo durante seis años; es decir hasta el 21 de mayo de 2020”.

Respecto a la COFECE, IFT, INEGI y el INAI, comentó que se puede nombrar a los contralores en los términos del decreto, porque no hay titular nombrado en esos cuatro organismos. Sin embargo, la CNDH y el INEE ya tienen un titular de Contraloría Interna e iniciaron funciones antes del 27 de mayo de 2015.

Agregó que en ambos casos no está establecido el instrumento legal para la duración de su cargo, por lo que carecen de fecha de término. “Ante ello, necesitamos cambiar el Transitorio, para darle legalidad constitucional y así evitar que se queden en el cargo o si se les remueve, impugnen la destitución”.

En ese sentido, Castro Vázquez hizo un llamado a las demás fracciones parlamentarias para corregir estas irregularidades y se pueda nombrar a los titulares de los OIC de las siete instituciones en los términos que marca la ley.

Las iniciativas para reformar el Artículo Segundo Transitorio del Decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal de Competencia Económica, de la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, de la Ley del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, fueron enviadas a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias para dictamen.

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