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EL FUERO NO ES UN PRIVILEGIO DE CARÁCTER PERSONA


El fuero constitucional no es un privilegio de carácter personal y mucho menos se le debe considerar un sinónimo de impunidad.

La diputada, Magdalena Moreno Vega, explicó que es primordial establecer reglas claras que limiten este instrumento jurídico, dado que el respeto al Estado de derecho y la igualdad ante la ley no puede ser socavado por los miles de servidores públicos que gozan de éste.

Así mismo dio a conocer que el pasado 23 de marzo presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de reformas a diversas disposiciones de la Constitución Mexicana, para que al igual que los ciudadanos, los servidores públicos también estén sujetos a las leyes penales por la comisión de algún delito y no gocen de inmunidad procesal.

pLa integrante del Grupo Parlamentario de Morena explicó que la inviolabilidad o inmunidad de diputados y senadores no debe verse como un “derecho subjetivo” otorgado a éstos, sino como un instrumento para proteger la integridad del órgano legislativo.

Al respecto, destacó que la inviolabilidad de legisladores en los Congresos de los siglos XIX y XX fue salvaguardar su libertad de expresión y que no se les considerara trastornadores del orden público o apologistas de un delito.

“Esta iniciativa conserva la inmunidad parlamentaria, la cual consiste en que los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, por lo que jamás podrán ser reconvenidos por éstas, ni procesados o juzgados en ese sentido”, aclaró.

Moreno Vega precisó que estas reformas constitucionales conservan que los presidentes de las Mesas Directivas de la Cámara de Diputados y del Senado de la República velen por el respeto de la inmunidad constitucional de sus miembros y por la inviolabilidad de sus recintos.

Indicó que los legisladores del Congreso de la Unión, los ministros de la Suprema Corte de Justicia (SCJN), los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), los consejeros de la Judicatura Federal, los diputados de la Asamblea Legislativa de la Ciudad de México y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, entre otros servidores públicos, podrán ser sujetos de responsabilidad penal durante el tiempo de su encargo por la comisión de delitos en los términos que establezca la ley.

Asimismo, resaltó que el Artículo 112 de la Carta Magna establecer que no se requerirá declaración de procedencia de la Cámara de Diputados cuando alguno de los servidores públicos mencionados en el Artículo 11 incurra en la comisión de delitos.

“Los servidores públicos enumerados en el artículo 111 constitucional serán sujetos de responsabilidad penal por incurrir en conductas ilícitas y, por ende, no gozarán de la protección que actualmente otorga la Carta Magna”, concluyó.

La iniciativa que también fue suscrita por los diputados Rocío Nahle García, Virgilio Caballero Pedraza y Rodrigo Abdala Dartigues, todos de la bancada de Morena, fue turnada a la Comisión de Puntos Constitucionales para su dictamen.

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