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Regular Uber


Se debe diferenciar los servicios que prestan los llamados taxis concesionados de la CDMX, de los que se brindan mediante APPs, para ofrecer un servicio más seguro, eficiente y desterrar la idea de competencia desleal en los servicios de trasporte público con chofer y sin itinerario fijo.



El presidente de la Comisión de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, Víctor Hugo Romo Guerra, anunció que presentará una iniciativa para regular, en beneficio de los usuarios, el servicio de transportación digitalizado (vía APPs) en la CDMX.

La iniciativa, explicó, propone reformar la Ley de Movilidad de la CDMX para elevar la calidad del servicio y optimizar el uso de transporte de pasajeros a través de aplicaciones tecnológicas como Uber.

Propone un Registro para Personas Morales que operen y se administren solas, o mediante subsidiarias, mediante aplicaciones digitalizadas (APPs) para el control, programación o geolocalización en dispositivos móviles en la contratación del servicio de transportación con chofer.

Dijo que las personas morales deberán acreditar la personalidad jurídica para establecer una relación contractual con el GCDMX, así como brindar información suficiente de la empresa y de las APPs.

Además, señala Romo, estarán obligados a la aportación al Fondo para el Taxi, la Movilidad y el Peatón de la Ciudad de México, del 1.5% del cobro por cada servicio (viaje) que presten.

Informó que tras el cumplimiento de los requisitos, supervisados por la Secretaría de Movilidad (Semovi), las empresas serán consideradas como titulares de la Constancia de Registro, validando el número de vehículos permisionados, que serán limitados de acuerdo a la oferta y la demanda.

Asimismo –dijo- las unidades que presten servicio al amparo de los permisos que tendrán un número de registro, deberán sujetarse a una validación vehicular anual, cuyos requisitos serán establecidos por la Semovi.

Los vehículos permisionados deberán contar al menos con “calcomanía cero”, cuatro puertas, aire acondicionado, seguro de viajero, cinturones de seguridad, bolsas de aire delanteras y radio, entre otros requisitos de seguridad.

Entre las restricciones a los vehículos autorizados sobresale: no permitir subarrendamiento, ni hacer base o sitio y deberán ser resguardados en el domicilio declarado ante Semovi.

La iniciativa también propone ampliar los sistemas de prepago del servicio, por ejemplo mediante tarjetas prepagadas no bancarias, en tiendas de conveniencia o mediante monedero electrónico, destacó.

Lo más importante es aprovechar la tecnología para mejorar y facilitar el servicio a los usuarios, fomentar el empleo, así como el progreso económico y social de la CDMX.

Recordó que en 2013 las APPs de servicios de transporte individual llegaron al país y a lo largo de cuatro años el Gobierno de la CDMX, a través de la Semovi, ha realizado grandes esfuerzos por regular de forma equitativa su funcionamiento, por lo que en el 2015 el GCDMX firmó un acuerdo con reglas de convivencia entre ciudadanos, Gobierno, y las empresas con estas aplicaciones.

“Sin embargo, el uso de la tecnología nos rebasa y no podemos dejarlo de lado, se tiene que establecer un marco normativo, como lo que hizo la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver una acción de inconstitucionalidad respecto a diversos artículos de la Ley de Transporte de Yucatán que regulan este tipo de servicios de transporte a través de las APPs”, argumentó.

Romo Guerra comentó que la Corte reconoció la facultad de las legislaturas locales para establecer la reglamentación dirigida a estos operadores del servicio de transporte a través de APPs.

“Por ello, tenemos las responsabilidad de crear normas que garanticen la máxima protección a los ciudadanos, propicien una relación jurídica sana que nos permita convivir como usuarios de la vía pública, donde el único que debe salir beneficiado debe ser el ciudadano”, finalizó.


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