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Ley Cultura Cívica


La ley de Cultura Cívica busca generar las condiciones y adecuaciones necesarias para mantener la calidad de vida de los ciudadanos, por lo que propone aumentar algunas sanciones a temas que aquejan a la ciudadanía, tal es el caso de tirar basura en la vía pública, el desperdicio de agua e ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública entre otros.

En sesión extraordinaria, el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó turnar a comisiones para su análisis, la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforman diversas disposiciones a la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal.

La iniciativa es una propuesta del diputado Leonel Luna Estrada, coordinador del Grupo Parlamentario de la Revolución Democrática (GPPRD), cuyo objetivo es generar las condiciones y adecuaciones necesarias para mantener la calidad de vida de los habitantes de la ciudad y al mismo tiempo concientizar sobre la necesidad de cumplir y hacer cumplir la ley.

A través de la propuesta, se propone aumentar algunas sanciones a temas que actualmente aquejan a la ciudadanía; tal es el caso de tirar basura en la vía pública, el desperdicio de agua, ingerir bebidas alcohólicas en la vía pública, dañar el alumbrado público, evitar la organización de peleas de animales, riñas callejeras y detonar o encender cohetes o juegos pirotécnicos después de las 23 horas sin permiso de las autoridades, por mencionar sólo algunas.

La reforma también busca inhibir conductas que afectan la convivencia social en espacios públicos y evitar realizar actividades no permitidas en espacios públicos, debido a la alta densidad de transeúntes en las calles de la Ciudad de México, ya que estas provocan graves problemas.

El proyecto destaca que las sanciones se apliquen conforme a la gravedad, y advierte que con un marco legal que responda a la realidad actual, los jueces cívicos tendrán mayores instrumentos para poder incidir en una mejor convivencia ciudadana para todas y todos.

Las infracciones contra la dignidad de las personas, previstas en el artículo 23, tales como maltratar física o verbalmente a una persona, aumentan de 10 a 40 veces la Unidad de cuenta de la Ciudad de México o un arresto de 13 a 24 horas.

Asimismo, propone multas de 21 a 30 veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente o hasta un arresto de 25 a 36 horas a quienes cometan actos en contra de la seguridad ciudadana, como es dañar el alumbrado público, reñir en la calle, hacer detonaciones de cohetes o diábolos sin autorización previa de la autoridad y hacer llamados falsos de alerta a los cuerpos de emergencia y difundir mensajes con falsas alarmas de siniestros que puedan producir temor o pánico colectivo

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