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Certeza política

El pasado siete de junio se publicó en la Gaceta Oficial de la CDMX el decreto para la entrada en vigor de la legislación en materia electoral; en seguimiento al proceso, la Comisión de Asuntos Político Electorales, presidida por el diputado José Manuel Delgadillo, detectó inconsistencias en el tema de violencia política, respecto a lo aprobado por el pleno de la ALDF y lo publicado por la Consejería Jurídica.

Durante la discusión del dictamen en materia electoral, la diputada Dunia Ludlow presentó una serie de reservas en el tema de violencia política, mismas que se consideraron inviables y se rechazaron por mayoría.

Sin embargo, días después y de forma inexplicable se incluyeron dichas reservas no aprobadas, violando con este acto el proceso legislativo; así como, la constitucionalidad de la norma, por lo que, con copias certificadas, se solicitó al Presidente de la Comisión de Gobierno una petición formal a la Consejería Jurídica para que publicara una fe de erratas, misma que se divulgó el 21 de junio.

El diputado panista manifestó que hay certeza jurídica sobre los derechos políticos de las mujeres y lamentó que los dichos no fundamentados de Ludlow y de quienes la respaldan sin conocer el contenido, causen confusión en un tema tan relevante, “la razón nos asiste, los documentos ahí están, hay versión estenográfica, copias certificadas del dictamen, la información está disponible para todos. Aquí lo que hay es una clara manipulación de la información por parte de una persona, lo que resulta lamentable”, expresó José Manuel Delgadillo.

El diputado blanquiazul señaló que en materia penal, se tipificó la violencia política incrementándose la pena hasta la mitad, cuando las conductas sean cometidas en razón de género contra las mujeres, por lo que es completamente falso que se haya eliminado dicho concepto y que no se establezca como una causal de nulidad, puesto que está contemplado en el artículo 114, fracción X de la Ley Procesal Electoral de la CDMX.

“En el dictamen discutido y aprobado por mayoría en el seno de este órgano legislativo, se regula la violencia política de manera general, después de un análisis técnico y jurídico se determinó que la violencia transgrede a cualquier género en sus derechos político-electorales, en el inciso C, fracción III del numeral 4 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales de la Ciudad de México, se establece este concepto y en el último párrafo se enfatiza, que se entiende por violencia política hacia las mujeres cualesquiera de estas conductas contenidas en el presente numeral, cometidas en su perjuicio en razón de género”, explicó Delgadillo Moreno.


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