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¿Protección Civil???


Si bien, los meteoros y sismos, especialmente los segundos, por la magnitud y alcance de su fuerza destructora, que han develado por un lado: la naturaleza del espíritu pueblo mexicano: solidaria, subsidiaria, fraterna y humanitaria, incluyendo a los jóvenes señalados en diversas circunstancias de otra índole de participación como apáticos.



Y por otro en sentido contrario, las instancias de gobierno en sus tres niveles, con severas carencias, deficiencias que hasta pueden rayar en la negligencia muy a pesar de los discursos oficiales y del fuerte aparato mediático, montado durante y después de los días de la emergencia, donde es una percepción solo mía sino de amplios sectores de la sociedad esto.

Pero más allá de sumarnos a dimes y diretes, con la intención de romper con la corriente del rumor, y si con la firme intención de promover una cultura de la “Protección Civil”, comprendida esta como el desarrollo e implementación de protocolos que tengan sobre todo que ver con la prevención y reacción inmediata, que inherente a estos protocolos lleva la construcción de ciudadanía.

Hoy la oportunidad única que nos otorga este flagelo de destrucción y muerte, donde la unidad como nación nos permitió comportarnos como ciudadanos que una vez más han rebasado, como en el 85 han rebasado la velocidad de respuesta del gobierno, esto exige la articulación y concatenación, de ciudadanos, colectivos y osc´s que a pesar del intento de desactivación durante los eventos y más fuerte hoy, buscar su disolución y desactivación, por la mediatización de las acciones siguientes, como en la inescrupulosa opacidad en el manejo de recursos y apoyos con total ausencia de “Responsabilidad Social” donde los grandes corporativos se hacen cómplices con las instancias de gobierno

Comencemos con realizar un pequeño ejercicio de Contraloría Social basado en el PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949, RELATIVO ALA PROTECCIÓN DE LAS VÍCTIMAS DE LOS CONFLICTOS ARMADOS INTERNACIONALES (PROTOCOLO I); documento signado EN EL GOBIERNO DE Miguel de la Madrid, y que en lo relativo al CAPÍTULO VI Servicios de Protección Civil en su ARTÍCULO 61.- Definiciones y ámbito de aplicación, del cual convertiremos sus párrafos y subíndices en reactivos de evaluación:

Concepto De 0 a 5 califique desempeño del Gobierno

Para los efectos del presente Protocolo: a) se entiende por "protección civil" el cumplimiento de algunas o de todas las tareas humanitarias que se mencionan a continuación, destinadas a proteger a la población civil contra los peligros de las hostilidades y de las catástrofes y a ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos, así como a facilitar las condiciones necesarias para su supervivencia. Estas tareas son las siguientes:

i) servicio de alarma;

ii) evacuación;

iii) habilitación y organización de refugios;

iv) aplicación de medidas de oscurecimiento; (en nuestro caso iluminación)

v) salvamento;

vi) servicios sanitarios, incluidos los de primeros auxilios, y asistencia religiosa;

vii) lucha contra incendios;

viii) detección y señalamiento de zonas peligrosas;

ix) descontaminación y medidas similares de protección;

x) provisión de alojamiento y abastecimientos de urgencia;

xi) ayuda en caso de urgencia para el restablecimiento y el mantenimiento del orden en las zonas damnificadas;

xii) medidas de urgencia para el restablecimiento de los servicios públicos indispensables;

xiii) servicios funerarios de urgencia;

xiv) asistencia para la preservación de los bienes esenciales para la supervivencia;

xv) actividades complementarias necesarias para el desempeño de una cualquiera de las tareas mencionadas, incluyendo entre otras cosas la planificación y la organización

b) se entiende por "organismos de protección civil" los establecimientos y otras unidades creados o autorizados por la autoridad competente de una Parte en conflicto para realizar cualquiera de las tareas mencionadas en el apartado a) y destinados y dedicados exclusivamente al desempeño de esas tareas.

c) se entiende por "personal" de organismos de protección civil las personas asignadas por una Parte en conflicto exclusivamente al desempeño de las tareas mencionadas en el apartado a), incluido el personal asignado exclusivamente a la administración de esos organismos por la autoridad competente de dicha

d) se entiende por "material" de organismos de protección civil el equipo, los suministros y los medios de transporte utilizados por esos organismos en el desempeño de las tareas mencionadas en el apartado a).

Fuente: http://www.ordenjuridico.gob.mx/TratInt/Mexico/DIH/IH5.pdf

Llama poderosamente mi atención el sub índice XV del índice a) respecto a la planificación y organización, pues a 48 horas del sismo se pretendió en diversos puntos, evitar la presencia de la sociedad civil organizada, de voluntarios incluso llegando a bloquear a los medios de comunicación, en este mismo lapso de tiempo se ignoraba de o se ocultaba a la opinión publica el estatus, de Xochimilco, Milpa Alta, Cuajimalpa y Álvaro Obregón, en la CDMX así como daños en comunidades en Morelos, Puebla y de otras entidades, donde continuamente se buscó evitar la participación de voluntarios, pero el registro, y coordinación de relevos es evidente.

A ello se suma que la dotación de herramientas de mano como son palas, picos, barretas carretillas cubetas, marros, lo mismo que gatos hidráulicos y material de apuntalamiento: polines, tablas, hojas de triplay fueron en su mayoría proporcionados por particulares.

Finalmente la falta de punzas de vida, equipos hidráulicos y neumáticos para la penetración, y remoción de escombros no estuvo presente, así como la ausencia de protocolos y personal capacitado para el uso de la maquinaria en el rescate de vidas.

Elemento crucial será dar seguimiento a las donaciones y recursos de cualquier fuente para la reconstrucción, a la cual muchos ya ven como negocio, y donde en el caso del gobierno de la CDMX, ya está en un regateo para destinar lo donado a fondos de crédito y financiamiento, que será cobrado posteriormente o bien, como en el terremoto del 85, se crearon condiciones clientelares con la vivienda, fenómeno que se va a desarrollar a partir de que para la asignación de recursos está condicionada a la demostración del pago de impuestos, lo que dará paso a los “gestores profesionales”.

Las organizaciones han demostrado que tienen la capacidad de ejecutar y administrar recursos de particulares y del extranjero, citamos un solo ejemplo de tantos que hubo en el 85, el Programa Metodista de Vivienda, que con recursos del Concilio Mundial de Iglesias, construyo viviendas a fondo perdido.

Esta tragedia no se trata de negocio ni de rentabilidad sino de humanismo, y de un proceso humanizante, donde las señales que da el gobierno y la parafernalia de empresas no abona, y donde las organizaciones emergentes urgen de condiciones de dialogo, organización y articulación.

En fin se podría seguir detallando una serie de elementos, pero lo que si es cierto es que este es un diagnóstico del estado que guarda la administración, no solo de emergencias sino en general, el desafío es nuestro, que las vidas y patrimonios en estos eventos, no sea estéril démosle sentido a la perdida, que sea la ofrenda de un renacer ciudadano, patriótico y como sentenciara la voz popular y los insurgentes hace 200 años. ¡FUERA EL MAL GOBIERNO!




DIRECTORIO

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