Reubican órganos jurisdiccionales
En el marco de esta problemática que surgió imprevistamente a raíz de los terremotos -el primero se registró el jueves 7 de septiembre que fue de 8.2 grados Richter; y posteriormente el del martes 19 de septiembre de 7.1 grados Richter, arrojando una estela de desgracias y cuantiosos daños materiales que muchas familias perdieron la vida y sus patrimonios-, los trabajadores de este sector de algún modo aplaudieron la sensibilidad política laboral que asumió el Consejo de la Judicatura, no sin antes celebrar que esta fue: (la) “¡primera batalla ganada; nunca más Fray!”
Si bien demandan los entrevistados que se conserve en el anonimato sus nombres para evitar cualquier represalia de este poderoso aparato impartidor de justicia, precisaron que “no cabe duda que el TSJ tuvo que doblegar las manos”, ya que “si a veces el TSJ se transforma en represor de la razón”, ante la presión social el Consejo de la Judicatura y el presidente de este Órgano de Jurisdicción, Doctor Álvaro Augusto Pérez Juárez, cedieron a la sabiduría de las mayorías.
El conflicto de intereses se centraba en la renta del edificio de Fray Servando 32, a través de un FIDEICOMISO DEL FONDO PARA EL RETIRO DE MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, donde según contrato marcado con el folio TSJCDMX/DMS/AI-01/2015, tenía una renta anual de 60’206,115.84 pesos (sesenta millones 206 mil 115.84 pesos), incluido el Impuesto al Valor Agregado (IVA), signado por el entonces Oficial Mayor Carlos Vargas Martínez, hoy Magistrado de la Octava Sala en materia Civil, bajo la connivencia del Consejo de la Judicatura, en la época del doctor Édgar Elías Azar.
Es decir, el precio que cubría “La Arrendataria” al “Arrendador”, era de una renta mensual de 4’325,152.32 pesos (cuatro millones trescientos veinticinco mil ciento cincuenta y dos pesos treinta y dos centavos), más el impuesto del IVA por la cantidad de 692,024.32 pesos (seis cientos noventa y dos mil, veinte cuatro pesos, treinta y dos centavos, cantidades que sumadas dan un total de 5’017,176.32 pesos (cinco millones, diecisiete mil, ciento setenta y seis pesos 32 centavos).
Se erogaba este alquiler el fin de cada mes transcurrido mediante transferencia bancaria a la cuenta de cheques 65502865050, cuenta CLABE 014180655028650502, sin exceder los primeros diez días al anterior mes. El contrato era prorrogable anualmente mediante la celebración de un nuevo contrato de arrendamiento y se indexaba anualmente el monto de la renta en cálculo con base en el incremento anualizado que se dé en el Índice Nacional de Precios al Consumidor del año inmediato anterior.
Al nuevo Oficial Mayor del TSJ, C. P. Israel Soberanis, inexplicablemente -advierten trabajadores- le han dado extraordinario libertinaje para “resolver” a su entender cubrir las necesidades de este ente con o sin el aval del pleno del Consejo de la Judicatura.
Lo lamentable para los Magistrados, al ser desposeídos de los emolumentos que tenían por la renta mensual de las oficinas de Fray Servando 32, de algún modo quedarían en “la orfandad económica y financiera”, ya que esos dineros serán abonados en la renta del “nuevo” edificio de Calzada de la Viga 1174-Torre C, colonia El Triunfo, delegación Iztapalapa, cuyo monto aún se desconoce a pesar del acuerdo que surgió del Consejo de la Judicatura.
Es conveniente precisar que el Fideicomiso del Fondo de Retiro de los Magistrados está constituido por aportaciones de los propios Magistrados en activo, con el fin de entregar determinadas sumas de dinero a los que ya están jubilados.
Para obtener más recursos, era viable comprar el polémico edificio de Fray Servando 32 y arrendarlo al mismo tribunal, es decir, se “jineteaban” con apariencia de fraude, el mismo presupuesto del erario federal en un claro conflicto de intereses para los intocables Magistrados.
“Todo esto fue auspiciado por el anterior Presidente del Tribunal, en complicidad con quien fungía como su Oficial Mayor, sumando y convenciendo a todo el Pleno de Magistrados del TSJ para acrecentar las multimillonarias ganancias que se repartían los mismísimos togados”, denunciaron para elogiar al Magistrado Presidente Pérez Juárez, quien recientemente dijo que “no tenía compromisos con nadie”.
Conforme a las circunstancias, los empleados comentan, sin embargo, que “Pérez Juárez miente... porque es copartícipe de acciones de opacidad en la consumación de los presuntos delitos de concusión y peculado agravado en aparente confabulación integrando una ‘indestructible’ Asociación Delictuosa por parte de un grupúsculo de Magistrados del TSJ”.
Trascendió que en la segunda semana de octubre, el magistrado Pérez Juárez sostuvo una urgente reunión con sus homólogos y surgieron “trapitos al sol” increpando al anterior Oficial Mayor de la administración azarista, originando acres discusiones sin que se obtuvieran mayores detalles.
Pese al poderoso aparato que representa este Tribunal -si se tratara de ejercer una verdadera acción política de transparencia-, la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México, en coordinación con la General de la República, deberían de obligarse abrir una carpeta de investigación especial y darle pleno seguimiento y cobertura a este relevante caso para acabar con “la cloaca de togados” que han abusado del poder que se les confirió al no salvaguardar los principios de “honestidad y rectitud”, promocionándoles juicios políticos, porque con sus acciones han ensombrecido la certeza de la impartición de justicia.
Solo restar preguntar:
1). Quién es el verdadero dueño del edificio localizado en Calzada de la Viga número 1174;
2). Porqué el TSJ lo eligió tan lejos del cetro justiciero que aleatoriamente abarcará ahora otro conflicto laboral porque los trabajadores tendrán doble tarea por ir a recoger a sus hijos a las guarderías;
3). Cuál será el costo de renta de este “nuevo” inmueble a fin de no ocultar la información respectiva, porque ya se especula que los Magistrados se han convertido en agentes de venta de inmuebles de la Ciudad de México.
4). Y lo que podría representar otra violación a las leyes: quién aprobó la rentar para el edificio de La Viga 1174, ya que no hubo licitación pública ni el anuncio de un concurso de referencia, como tampoco lo hubo en tiempo y forma con la licitación para la rentar del edificio de Fray Servando 32.
5). Por consiguiente, se concatenó otro fraude a la Ley de Adquisiciones Públicas porque soslayaron las respectivas normas del Comité de Aprobación de Adquisiciones, cuando debió hacerse un Concurso en Licitación Pública al mejor precio y mejor calidad, adjudicar la adquisición al mejor concursante, dejando en la duda del por qué adjudicar al dueño del edificio de la Calzada de La Viga 1174 y sin concurso de la multicitada licitación y bajo qué criterios de sustentabilidad, se aprobó todo este contexto, y su verdadero precio de renta.
Es decir, que a lo largo de los últimos nueve años, del edificio de Fray Servando 32, generaron buenos rendimientos de su fideicomiso, que con extraordinario acumulado que obtuvieron con la compra-renta-auto-renta, explotaron insaciablemente esa edificación, para finalmente, en esa carambola de resultados, se presume que derivadamente compraron en una estrategia mucho más agresiva, el inmueble de Calzada de La Viga 1174, del cual se espera que soberbiamente cobre hasta con sobre precios de renta.