Mucho ojo con desaparecidos
Las Familias del Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México (Movimiento), vigilaremos y estaremos presentes a lo largo de todo el proceso de la implementación de la Ley de Desaparición a nivel federal y en las entidades
Exigimos que la implementación de la Ley de Desaparición sea inmediata, transparente y con plena participación de las familias de personas desaparecidas
Pedimos a las Entidades Federativas armonicen e implementen la Ley eficazmente, garantizando en todo momento la voz de las familias y el cumplimiento a las obligaciones previstas.
El 16 de enero entró en vigor la Ley General en Materia de Desaparición. Para las familias que conformamos el Movimiento por Nuestros Desaparecidos en México esto representa el comienzo de una cuenta regresiva para la implementación de los elementos centrales de la Ley, que son:
La Comisión Nacional de Búsqueda (CNB), órgano encargado de ejecutar y dar seguimiento a acciones de búsqueda, se tiene que implementar a más tardar el 15 febrero de 2018;
El Consejo Nacional Ciudadano (CNC), órgano de consulta que tiene como función proponer acciones a las instituciones que conformen el Sistema Nacional de Búsqueda, debe implementarse a más tardar el 16 de abril;
Las Fiscalías Especializadas (FE) unidades particulares para todas las procuradurías del país, especializadas en la investigación y persecución de los delitos de desaparición forzada y cometida por particulares, que deberán coordinarse para garantizar en todo momento la búsqueda de las personas desaparecidas, tienen que entrar en vigor a más tardar el 15 de febrero.
Las comisiones estatales de búsqueda y los diferentes registros y herramientas previstas por la Ley.
Para las familias que integramos el Movimiento de vital importancia que para elegir al titular de la Comisión Nacional de Búsqueda se realice de manera transparente y apegado al perfil establecido en el artículo 51 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de