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Las mujeres siguen siendo Víctimas, no hay espacio


El acceso de las mujeres a los espacios deportivos ha estado lleno de dificultades, teniendo que superar barreras creadas por estereotipos sociales y culturales, además de discriminación para practicar ciertos deportes, con instalaciones creadas para los hombres, y donde se ven obligadas a desenvolverse en ambientes masculinizados.

La llegada de mujeres a los lugares de poder se mantiene casi en la invisibilidad. Prueba de ello es que el Consejo Directivo del Sistema Nacional de Cultura Física y Deporte (SINADE) cuenta 2 mujeres entre los 30 representantes de organismos estatales y miembros afines. Por su parte, el pleno del SINADE tiene 157 organismos, de los cuales 27 están presididos por mujeres

Si hablamos de la atención específica a mujeres, los números no son mejores. De acuerdo con una encuesta realizada por la CONADE en 2015, sólo 2.8 por ciento de las federaciones cuentan con un área de atención a las mujeres, 10.5 por ciento ofrecen capacitación sobre la perspectiva de género, y sólo 13.2 por ciento cuentan con mecanismos para la resolución de denuncias sobre acoso sexual.

Las cifras son devastadoras en términos de igualdad, por lo que se hacen necesarias reformas normativas con el objeto de promover acciones que propicien la igualdad en este ámbito.

En Nueva Alianza tenemos la firme vocación de fomentar e impulsar el empoderamiento de las mujeres y su participación en todos los ámbitos de la sociedad, en aras de lograr de manera sustantiva su plena inclusión, equidad e igualdad.

Lo que buscamos es la construcción de una nueva etapa en el deporte mexicano, con perspectiva de género.

En lo que respecta al segundo Dictamen que nos ocupa, de acuerdo con cifras del INEGI, 26.6% de las mujeres asalariadas han enfrentado alguna vez actos de discriminación laboral, tales como: la negativa al acceso o permanencia al trabajo por cuestiones relacionadas con la edad, el estado civil o la maternidad; reducción de salario, menor salario, o prestaciones u oportunidades para ascender.

De igual manera, se sigue presentando la exigencia de certificados médicos de no embarazo. En este sentido, el Comité de la Convención sobre la Eliminación de todas formas de Discriminación en contra la Mujer (CEDAW), recomendó al Estado mexicano armonizar su legislación con los contenidos de la Convención, y eliminar el requisito de la prueba de embarazo de la Ley Federal del Trabajo.

Lo anterior fue acatado y, por ese motivo, el artículo 133 de dicha Ley establece la prohibición de exigir la presentación de certificados médicos de no embarazo para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo; y despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener el cuidado de hijos menores.

Lo que se pretende con la reforma que hoy discutimos es armonizar el texto de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con lo que ya señala la Ley Federal de Trabajo y, de este modo, ampliar la protección a las mujeres trabajadoras.

Para las y los Diputados de Nueva Alianza es imperativo incluir todas las manifestaciones posibles de violencia laboral, dentro del concepto señalado en la Ley.

En el caso del Dictamen relativo al artículo 29 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se pretende incrementar la esfera de salvaguarda de las órdenes de protección que se establecen en la Ley en la materia.

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