Personal militar femenino Podrá modificar las semanas Gozará de licencia maternidad
El personal militar femenino pueda modificar las semanas en que gozará de su licencia de maternidad y, en caso, de que sus hijos nazcan con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención hospitalaria, el descanso pueda ser de hasta medio mes adicional posterior al parto.
En el dictamen los legisladores adicionan dos párrafos al artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y se aprobó con 76 votos a favor y se envió a la Cámara de Diputados.
Con ello, el personal militar femenino “podrá transferir hasta medio mes del mes de descanso previo al parto para después del mismo”, a solicitud expresa, previa autorización escrita del médico de la institución de seguridad social que le corresponda y tomando en cuenta la naturaleza del trabajo que desempeñe.
“En caso de que los hijos hayan nacido con cualquier tipo de discapacidad o requieran atención medica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta medio mes adicional posterior al parto, lo cual deberá ser comprobado con los dictámenes expedidos por médicos militares o navales, especialistas en servicio activo”.
A nombre de la Comisión de Defensa Nacional, el senador Fernando Torres Graciano refirió que este derecho ya se incluye en la Ley Federal del Trabajo, pero por algún “descuido” nunca se homologó en la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas.
La senadora Carmen Dorantes Martínez, del Grupo Parlamentario del PRI, consideró que con estos cambios se procura el bienestar de madrees y recién nacidos, además de garantizar los cuidados prenatales y de post parto.
Por el Grupo Parlamentario del PRD, la senadora Angélica de la Peña Gómez destacó la importancia de que las madres trabajadoras que laboran en las Fuerzas Armadas gocen de los cuidados necesarios, entre los que se encuentran el reposo esencial para su recuperación.