“¡Nadie por encima de la ley!”:
Con base “Así es el Derecho”, el magistrado civilista Élfego Bautista Pardo analizó del porque la sociedad está incrédula al conocer que los políticos gozan de prebendas con o sin fuero constitucional, para cometer sus fechorías al amparo del poder, logrando ser beneficiados por el paraguas de impunidad.
Detalla: Hablar constantemente del imperio de la ley, de la importancia y prevalencia del estado de Derecho puede llegar a fastidiar a las personas alejadas del mundo jurídico.
No obstante y más allá de la retórica, todos los ciudadanos, independientemente de sus actividades o profesiones, aspiramos a respeto y protección a nuestros derechos, propiedad, familia, libertad, dignidad y a la individualidad, lo que sólo puede ser satisfecho en un ámbito de respeto a la legalidad por parte de los propios ciudadanos y, sobre todo, de los órganos de gobierno y de quienes ejercen las funciones y el poder del Estado.
Si bien el magistrado Élfego Bautista Pardo subraya que es un tema por demás discutido y sobre todo exigido, remarca que en torno a todo este tinglado jurídico, no debe haber nadie por encima de la ley, que aquella persona que ose violentarla independientemente del poder económico, los vínculos políticos, su cargo o el cargo que haya ostentado, pueda ser sometida a proceso y, de ser procedente, sentenciada.
“¡Nadie por encima de la ley!” es clamor popular entre los connacionales ante las acusaciones de que han sido objeto personajes como Javier Duarte, Cesar Duarte, Tomás Yarrington o Roberto Borge.
Si bien es cierto que la opinión popular jamás debe influir en la impartición de justicia y el aparato que la aplica lo hace sin taxativas, la realidad es que el pueblo desea y espera que la haya sin distingos, pero hasta el día de hoy en el país no existe la percepción de que el Poder Judicial pueda libremente someter a un procedimiento jurídico a personajes ligados con el ejercicio del poder político, como sucede en otros países.
Tal es el caso de Corea del Sur, donde acaban de sentenciar a veinticuatro años de prisión a la ex presidenta Park Geun-hye, por corrupción y abuso del poder; en Guatemala al ex presidente Otto Pérez Molina, quien renunció al cargo para hacer frente a una investigación por corrupción.
O el lastimoso y controvertido caso del ex presidente brasileño Luis Ignacio Lula da Silva, quien se entregó el pasado fin de semana para cumplir condena a doce años de prisión por corrupción, en medio de ciudadanos indignados que lo siguen reconociendo como líder social e inocente, víctima de persecución política, y censuras de cientos de personas en el extranjero, inconformes con la actuación del Poder Judicial en ese país sudamericano.
La percepción de que en México no se juzga a los vinculados al poder político deviene de la participación de los poderes Ejecutivo y Legislativo en la integración del Judicial, desde la designación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia y magistrados federales, en la que participan el Presidente y el Senado de la República; el gobierno citadino y la Asamblea Legislativa en los nombramientos de los magistrados locales, y en el nombramiento de los titulares de las fiscalías de investigación o procuradurías.
Además cuenta la dependencia económica, pues justamente el Legislativo federal y local tienen la última palabra respecto a los recursos con que contarán las instituciones de impartición y procuración de justicia para su ejercicio.
Aunque esta forma de injerencia entre poderes obedece al propósito de equilibrar el ejercicio de las atribuciones de cada uno de los Poderes del Estado, propio de la teoría de división de poderes, la percepción ciudadana es de dependencia, no de equilibrio, y es aquí donde se vuelve imperioso demostrar la autonomía del Poder Judicial respecto de los poderes Ejecutivo y Legislativo, de los medios de comunicación y de la opinión popular, pues hoy en día los medios y los ciudadanos juzgan y condenan antes de que se realice un proceso.
Si bien todos los ciudadanos que transgredan la ley deben ser encausados para fincarles responsabilidad, ya sea civil, penal o administrativa, esto debe hacerse conforme al principio “debido proceso”, es decir respetando todos sus derechos legales y garantías de resultado justo y equitativo, los derechos humanos y, sobre todo, con juzgadores independientes, que puedan aplicar el Derecho libremente, alejados de presiones políticas o económicas.
De aquí la exigencia de independencia del Poder Judicial, básica para sostener el Estado de Derecho y el respeto a los derechos humanos de todos y cada uno de los ciudadanos del país, así como para lograr la legítima aspiración de que nadie, sin que importen condiciones sociales, políticas y económicas, esté por encima de la ley ni actúe al margen de ella. Así es el Derecho, concluyó el magistrado Élfego Bautista Pardo, titular de la Quinta Sala, Ponencia 3, del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México.