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Se debe de proteger derechos y Patrimonio persona desaparecida


Por unanimidad, la Cámara de Senadores aprobó un proyecto para expedir la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, a fin de brindar certeza jurídica a la representación de los intereses y derechos de este sector, así como asegurar la protección más amplia de sus familiares.

El nuevo ordenamiento establece un procedimiento para la emisión de la Declaración Especial de Ausencia, cuyos efectos serán, entre otros, garantizar la conservación de la patria potestad de la persona desaparecida; la protección de los derechos y bienes de sus hijos menores de 18 años y de su patrimonio, incluyendo los bienes adquiridos a crédito.

Además de fijar la forma y plazos para que los familiares u otras personas legitimadas por ley, pueden acceder al patrimonio de la persona desaparecida; suspender de forma provisional los actos judiciales, mercantiles, civiles o administrativos en contra de sus derechos o bienes.

El dictamen, que se aprobó con 78 votos a favor, también modifica la Ley Federal del Trabajo; la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; la Ley del Seguro Social; la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado; la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito; la Ley de Instituciones de Crédito; y la Ley Agraria.

Con estas reformas, se obliga a los patrones a otorgar permiso sin goce de sueldo a los trabajadores desaparecidos que cuenten la declaración especial de ausencia, prohibir que se les dé baja o que termine su relación laboral y considerar como un accidente de trabajo la desaparición derivada de un acto delincuencial.

Así como cuando el trabajador tenga la calidad de desaparecido y cuente con declaración de ausencia, los beneficiarios conservaran el derecho a recibir la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria.

El presidente de la Comisión de Gobernación, Raúl Aarón Pozos Lanz, destacó que la Ley asegura “un debida reparación integral y adecuada” para las víctimas de este delito y sus familiares.

“Somos conscientes de que la vida de los integrantes de la familia de una persona desaparecida cambia de forma radical y el Estado mexicano debe proveer de mecanismos procesales que garanticen su personalidad jurídica y sus derechos”, asentó.

La senadora Angélica de la Peña Gómez, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, subrayó: “se busca también proteger los derechos laborales y de seguridad social que la persona desaparecida detentaba antes de que sufriera la comisión de un delito”.


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