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Ley de Regulación y Fomento mercados Públicos y Tianguis populares de Ciudad México


A nombre del grupo parlamentario del PRI en el Congreso local, el diputado Ernesto Alarcón Jiménez presentó una iniciativa por la que se crea la Ley de Regulación y Fomento de Mercados Públicos y Tianguis Populares de la Ciudad de México.

Expuso que los mercados públicos son patrimonio cultural e histórico, y que en la Ciudad de México existen 329, con 73 mil 518 locales, de los cuales depende el sustento de más de 280 mil personas.

Comentó que la importancia de estos centros de abasto radica no sólo en las fuentes de empleo que representan, sino también en su importancia cultural como parte de la riqueza propia de nuestro país, en específico de la Ciudad de México.

Señaló que con la creación de esta ley se propone dar solución, mejorar las condiciones en las que se trabaja y evitar que sigan ocurriendo siniestros dentro de los mercados; regular su funcionamiento, así como definir programas adecuados para la construcción, reconstrucción, mantenimiento y modernización de esos inmuebles.

Alarcón Jiménez subrayó que a pesar de la importancia que han tenido los mercados públicos en la vida comercial y cultural de nuestra ciudad, no existe una ley que regule su actividad; existe un reglamento emitido en 1951, que ha determinado el funcionamiento de esos centros de abasto y comercialización.

Argumentó que con esta iniciativa se busca que el funcionamiento de los mercados públicos de la ciudad se constituya como un servicio público, cuya prestación corresponda al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, a través de las alcaldías, y que se establezca un programa de construcción, reconstrucción, mantenimiento, modernización, abasto y comercialización de los mercados en el que su planeación, organización y ejecución corresponderá al Gobierno local por conducto de la SEDECO.

Los locatarios podrán optar por el sistema de autoadministración, en el que por conducto de su representación legal, participarán en la administración del mercado público de que se trate, en aspectos relacionados con su mantenimiento, reparación, limpieza y prestación de los servicios de sanitarios y estacionamientos.

Tratándose de concentraciones instaladas en la vía pública, el Gobierno de la ciudad tendrá la obligación de reubicarlos en predios del dominio público, aledaños a las zonas en que actualmente se ubican; en su defecto, en

aquellas colonias de la ciudad en que más se necesite la instalación de un mercado público, tomándose en consideración los estudios de mercadotecnia y de factibilidad del proyecto que realice la SEDECO de manera coordinada con las alcaldías.

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