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Acelerar soluciones de intestado en la CDMX


Para agilizar la resolución de los juicios intestamentarios o intestados, y brindar certeza jurídica a las familias capitalinas en la sucesión de bienes, el diputado Nazario Norberto Sánchez, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA presentó una iniciativa con proyecto de decreto para reformar el artículo 865 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, y modificar los artículos 59 y 62 de a Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México.

El legislador promovente señaló que en la Ciudad de México existe un rezago muy importante en materia de juicios sucesorios, conocidos como “intestados”, que en ocasiones tardan hasta 30 años o más en resolverse, por no existir un testamento que establezca la voluntad expresa del propietario de los bienes al momento de fallecer.

Informó que el Tribunal Superior de Justicia recibió en el año 2016 cerca de 9 mil juicios intestamentarios, y en 2017 atendió más de 8 mil 800 casos promovidos, por lo que la excesiva carga de trabajo en los juzgados familiares locales contribuye a generar incertidumbre jurídica para quienes desean enajenar los bienes de sus antecesores.

“Es importante señalar que a pesar de que el Código Local de Procedimientos Civiles establece un procedimiento especial, a través del cual se brinda certeza jurídica a las partes para resolver juicios intestamentarios, resulta preponderante optimizar su funcionamiento”, señaló.

Afirmó que en la actualidad los trámites para resolver los intestados son procesos extenuantes, y en algunos casos imposibles de resolver, ya que los juicios se pueden prolongar indefinidamente cuando los interesados no están de acuerdo con las decisiones del juez para el reparto de los bienes.

En este sentido, su propuesta establece que los interesados que estén inconformes con la propuesta para el reparto de bienes presenten un proyecto alterno de partición, el cual deberá ser aprobado en un periodo máximo de seis meses, y de no existir un acuerdo común, será el juez quien dicte la sentencia de adjudicación, que defina el reparto de bienes.

Asimismo, sugiere que sean los juzgados de lo civil, en vez de los juzgados familiares, las instancias encargadas de resolver los juicios sucesorios, por ser los espacios idóneos, por tener el mayor conocimiento y especialización en la materia.

“Por lo anteriormente expuesto, se propone reformar el artículo 865 del Código Procesal Civil para el Distrito Federal, adicionar una fracción al artículo 59 y modificar el artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México”, expresó Norberto Sánchez.

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