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Ocho años de prisión por la tala de árboles CDMX


Hasta con ocho años de prisión serán sentenciados a quienes derribe, tale, o destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles con la intención de obtener cualquier tipo de beneficio económico.

El Grupo Parlamentario de Morena presentó ante el pleno del Congreso de la Ciudad de México, una iniciativa de reforma al Artículo 345 Bis del Código Penal para el Distrito Federal.

Al hacer uso de la tribuna, la diputada Leticia Estrada Hernández explicó que de acuerdo con datos de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), entre el 30 y 50 por ciento de la madera que se produce en México es de procedencia ilícita, lo que implica que cuatro de cada diez árboles que se talan no cuentan con la autorización de la Secretaría del Medio Ambiente (SEMARNAT).

“En la Ciudad de México esta problemática ha ido en aumento, principalmente en las alcaldías del sur que cuentan con áreas forestales protegidas como Milpa Alta, Xochimilco, Magdalena Contreras, Tlalpan y de Álvaro Obregón entre otras y en las que todos los días habitantes de comunidades residentes se percatan de la tala indiscriminada de grupos criminales, los cuales operan con total impunidad”, destacó.

Sumado a lo anterior, indicó, se encuentra la operación de aserraderos clandestinos, situación que se agravó por la total opacidad de la administración pasada y la complicidad de las autoridades, lo que propició que los habitantes de estas demarcaciones se enfrenten a los grupos criminales para defender las áreas naturales.

Por lo anterior, la legisladora del Grupo Parlamentario de Morena, llamó a sumar esfuerzos con las acciones tomadas por Claudia Sheinbaum, Jefa de Gobierno para tipificar este delito y establecer que la comisión de esta conducta por parte de cualquier servidor público también se contemple en la ley y reciban el castigo pertinente.

Leticia Estrada comentó que actualmente las penalizaciones por la tala ilegal e indiscriminada de los bosques capitalinos, son muy bajas en comparación con el daño que causan, ya que para este delito considera una pena de tres meses a cinco años y de 500 a 2000 días de multas “por lo que esta actividad ilegal no representa mayor problema para los delincuentes, que pueden salir bajo el pago de la fianza o sobornar a las autoridades”.

Por ello propuso reformar el Artículo 345 Bis del Código Penal para el Distrito Federal para quedar de la siguiente manera:

Artículo 345 Bis. Se le impondrán de dos años a ocho años de prisión y de 2,000 a 5,000 días multa, al que derribe, tale, o destruya parcialmente u ocasione la muerte de uno o más árboles con el objeto de obtener cualquier tipo de beneficio económico que sea de forma directa o indirecta liquidas o en especie por la comisión de este ilícito.

Y los servidores públicos que para sí o por interpósita persona participen en una o más de las conductas descritas en el párrafo primero, se aplicara un por ciento más de la pena.


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