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Protección de derechos de propietarios de inmuebles


Debe de entrar en vigor la Ley Nacional de Extinción de Dominio, urgen reformas que les eviten perder sus inmuebles por engaños de delincuentes.

Nazario Norberto Sánchez, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas, dijo que en el Congreso de la Ciudad de México se buscará proteger legalmente a los propietarios de inmuebles que decidan rentar propiedades, a fin de que no se vean en peligro de perder su patrimonio porque el espacio sea utilizado con fines criminales al tener como inquilino a un delincuente.

En entrevista el diputado Nazario Norberto Sánchez del grupo parlamentario de Morena, informó que en el próximo periodo de sesiones presentará una iniciativa, que establezca por ley los requisitos para renta de inmuebles de origen lícito.

El legislador local explicó que con la reciente aprobación de la ley Nacional de Extinción de Dominio, una persona podría perder su vivienda en caso de que sea utilizado para cometer actos ilícitos; la única manera de evitarlo es presentar una denuncia oportuna ante la autoridad.

Nazario Norberto recomendó actuar en el marco de la ley y tener todos los documentos en regla para evitar problemas posteriores. Incluso, “podría protegerse al contratar una empresa especializada en rentar inmuebles, ya que en caso de una situación de este tipo, representa una prueba ante el Ministerio Público de que no hay una relación más cercana con el arrendatario”.

“De este modo comprueba no tener ningún grado de complicidad. Además, más vale la seguridad en estas transacciones. Se debe tener un muy buen contrato, pedir rentas adelantadas, solicitar comprobantes de ingresos, revisar el buró de crédito, verificar el centro laboral o empresa donde el trabaja el futuro inquilino, e investigar sus antecedentes jurídicos”, dijo.

Norberto Sanchéz señaló que en otros países se investiga a fondo cuando alguien pretende alquilar un departamento o casa, pero en nuestro México “a veces es más fácil hacer contratos entre particulares de dudosa validez o bien rentar en comodato para no pagar impuestos. Pero en este caso y con la delincuencia presente, más vale actuar en el marco de la legalidad que perder el patrimonio de toda una vida”,recalcó.

El también presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas del Congreso capitalino, recordó que los delitos susceptibles a extinción de dominio son los establecidos en el artículo 22 de la Constitución Federal: delincuencia organizada, secuestro, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, delitos contra la salud, trata de personas, delitos por corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita y extorsión.


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