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De oficio, protección a las mujeres víctimas de violencia cuatro horas

  • Chronos
  • hace 3 horas
  • 2 Min. de lectura


BLAS A. BUENDÍA. ………………………………………

De oficio y en máximo cuatro horas, juezas y jueces penales del Poder Judicial de la Ciudad de México (PJCDMX), encabezado por el magistrado Rafael Guerra Álvarez, decretan medidas de protección a favor de mujeres víctimas de violencia que así lo solicitan, a fin de generar una barrera entre esta y el agresor.

Así lo señaló la jueza de control del sistema procesal acusatorio del órgano judicial capitalino, María Milagros Pérez Ruiz, quien subrayó que las medidas otorgadas por las y los impartidores de justicia son acordes y adecuadas a los hechos narrados por la víctima, y que para emitirlas solo basta la manifestación de la víctima del riesgo que padece.

“La obligación del juzgador es actuar de manera preventiva, porque las medidas son preventivas para evitar un acto de violencia de mayor gravedad, y son permanentes; esto implica que, mientras exista el riesgo, las medidas serán vigentes”, precisó.

Explicó que la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prevé medidas de protección dirigidas a garantizar la protección de aquellas dentro y fuera de su hogar, la presencia inmediata para su resguardo de agentes de la policía, la eliminación de imágenes de contenido sexual para preservar su intimidad y vida privada, entre otras.

Pérez Ruiz precisó que el órgano judicial capitalino tiene establecida una guardia permanente para la emisión de medidas de protección a cargo de los jueces de la materia penal con cobertura de 24 horas los 365 días del año.

“Todos los órganos de control en el sistema procesal penal acusatorio están facultados para decretar medidas de protección, en la inteligencia de que hay un rol; se ingresa la solicitud y esta se canaliza para que el juez de control la atienda de manera inmediata y garantizar así la seguridad de la víctima”, dijo.

Precisó que las mujeres víctimas de violencia tienen dos vías para presentar su solicitud de medidas de protección: una, a través de los centros de justicia para las mujeres, distribuidos en diversas alcaldías de la Ciudad de México, y, otra, directamente, en los juzgados de oralidad penal de guardia.

Puntualizó que, ante la violencia familiar, las autoridades tienen la obligación de actuar de manera diligente, es decir, con oportunidad, de manera eficaz, eficiente y responsable, porque la primera acción que debe emprender el Estado para asegurar la seguridad de las víctimas es creer su versión.

 

 
 
 

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