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Jueces familiares PJCDMX resuelven adopciones internacionales de menores

. BLAS A. BUENDÍA. …………………………………..

México cuenta con una red de jueces familiares locales encargados de velar por los menores de edad sujetos a adopción por parte de ciudadanos de otros países, así como de restituirlos a sus familias cuando son sustraídos y llevados a otras naciones o traídos a México sin consentimiento de alguno de sus progenitores, destacó la jueza Séptimo Familiar, Margarita Gallegos López, del Poder Judicial de la Ciudad de México, que preside el magistrado Rafael Guerra Álvarez.

Precisó que, en el caso del Poder Judicial capitalino, son 10 los impartidores de justicia especializados en adopción y restitución internacional de menores, cuyos juzgadores forman parte de la Red Mexicana de Cooperación Judicial para la Protección de la Niñez, creada en 2010, en el seno de la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos (CONATRIB), actualmente presidida también por el magistrado Guerra Álvarez.

Destacó que año con año, a instancias de la CONATRIB, se reúnen los integrantes de la Red para mantener el compromiso y responsabilidad con los temas de adopción y restitución internacional, y, para que, a través de los presidentes de cada uno de los 32 tribunales locales del país, “nos ayuden a tener coordinación” con los jueces de cada entidad federativa.

Gallegos López comentó que México ha signado diversos tratados internacionales, y que, a raíz, de una reforma constitucional de 2011, los instrumentos suscritos se convirtieron en norma de cumplimiento obligatorio para el país

“(Los tratados) forman parte de la normatividad que debe cumplir México frente a los demás Estados. Por ello es que se empezó a trabajar a partir de ese año (2011) y a dar capacitación a nivel nacional a todos los jueces que teníamos que resolver sobre situaciones de carácter internacional, y pues ya llevamos a cabo 14 reuniones de esta Red”, agregó.

Sobre restitución internacional, mencionó que, acorde a lo señalado por la Convención de Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, el procedimiento no debe durar más de seis semanas. Sin embargo, reconoció que ese plazo se puede prolongar debido a que se llegan a presentar problemas para dar con la localización del progenitor sustractor y con el menor.

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