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Pueblo y Ejecutivo, o, Ejecutivo y pueblo, deben someterse a la Constitución


.BLAS A. BUENDÍA. ---------------------

Nadie, pero absolutamente nadie debe estar por encima de la Constitución por el simple hecho que el constituyente del 17, diseñó la Carta Magna como una coraza de entera legalidad en que todo funcionario del gobierno que emane de cualquier ideología, está obligado a obedecer ciegamente el Pacto Federal que rige como República a nuestro país.

La determinación del 17, en su articulado 136, puntualmente establece la rectoría del Estado, es decir, que su legado fue tan bien delineado que se aplicó para evitar que, ante cualquier asonada, pudiera cambiar el rumbo político y social de México.

Artículo 136. Inviolabilidad de la Constitución: “Esta Constitución no perderá su fuerza y vigor, aun cuando por alguna rebelión se interrumpa su observancia. En caso de que por cualquier trastorno público, se establezca un gobierno contrario a los principios que ella sanciona, tan luego como el pueblo recobre su libertad, se restablecerá su observancia, y con arreglo a ella y a las leyes que en su virtud se hubieren expedido, serán juzgados, así los que hubieren figurado en el gobierno emanado de la rebelión, como los que hubieren cooperado a ésta”.

En el Artículo 41, correspondiente a los Poderes de la Unión y Partidos Políticos, se sustenta: “El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados y la Ciudad de México, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de cada Estado y de la Ciudad de México, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal”.

Si bien la supremacía del pueblo es el que mandata su voluntad, y aún cuando tenga la certeza de establecer otro cuadernillo constitucional, el del 17, jamás dejará de ser el SUPREMO en aras de enriquecer los procesos democráticos, omitiendo toda intentona de transformar el estatus jurídico de México, por mucha fuerza popular que podría poseer, o busquen sustentarse en leyes secundarias.

En un afán reiterativo, el artículo 136 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos puntualmente establece que la Constitución mantendrá su validez y fuerza, incluso en casos de rebelión o interrupción de su observancia; si se establece un gobierno contrario a los principios constitucionales debido a un trastorno público, una vez que el pueblo recupere su libertad, se restablecerá la observancia de la Constitución.

El 136 sentencia que los responsables del gobierno rebelde y aquellos que cooperaron con él, serán juzgados según la Constitución y las leyes expedidas en virtud de ella.

Este artículo busca “Garantizar la supremacía de la Constitución; proteger los principios democráticos y los derechos fundamentales; y, establecer consecuencias para aquellos que violenten la Constitución.

En esencia, el artículo 136 asegura que la Constitución es la base del orden jurídico y político en México, y que cualquier intento de derogarla o transgredirla, será considerado ilegal y será sancionado una vez que se restaure el orden constitucional.

Sobre el particular, la Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, A.C., que encabeza el penalista Alberto Woolrich Ortiz, resalta que “una ancestral historia jurídica nacional adoctrinó a los abogados expresando que la voluntad general del gobernado se expresa siempre en la ley.

“La ley por consecuencia no es dictada por la autoridad o gobernanza. El soberano que la promulgó en México es decidida y perpetuamente ‘el pueblo’, constituido por la totalidad de los ciudadanos, opositores o no. El pueblo sometido a las leyes debe ser su autor, así lo mandata nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, aseveró.

Y subraya: “La voluntad del pueblo no es la voluntad del Poder Ejecutivo o del Poder Legislativo, es la voluntad del Pacto Federal. Las autoridades o gobernantes no son unos mandatarios de la supremacía del pueblo, por consecuencia lógica jurídica, esos mandos o representantes son los encargados de cumplir el orden constitucional, la función en una buena y no arbitraria o indolente gobernanza, es transmitir y cumplir las órdenes recibidas por la Carta de Carranza y ejecutarlas de manera fiel. (Salus populis suprema lex est)”.

La Academia de Derecho Penal del Colegio Nacional de Abogados Foro de México, acudiendo y acatando el pensamiento de nuestros ilustres catedráticos universitarios como Néstor de Buen Lozano, Ignacio Burgoa Orihuela, Ricardo Franco Guzmán, Fernando Castellanos Tena, Salvador Mondragón Guerra y varios más, sabemos que los siervos de la nación, sean estos funcionarios del gobierno, autoridades o como se les llame, sólo deben de mandatar obedeciendo ciegamente a nuestro Pacto Federal.

En ese orden de conceptos —afirma el Colegio Nacional de Abogados Foro de México—, el Poder Ejecutivo Federal no tiene poder por sí mismo, esa gobernanza es la intermediaria entre el pueblo y la ley a la que debe de obedecer. Esa ley obliga a pueblo y autoridad a cumplir lo ordenado por el Pacto Federal.

Por tanto, el Poder Ejecutivo Federal, hoy representado por la morenista, Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, solo debe de guiarse por la voluntad general del pueblo, sea éste opositor ideológico o no, e impedir que se imponga cualquier interés político como es el caso del pensar de la Cuarta Transformación de la República, en esa aprobada y reprobada Reforma Judicial.

Ilustró a la nueva y primera presidenta de México, sobre la urgente necesidad de deslindarse de su antecesor ya que Andrés Manuel López Obrador, siendo ya exmandatario, mantiene una obstinación enfermiza para en seguir destruyendo las instituciones republicanas de México, pretendiendo manipular a la Doctora Sheinbaum.

Para millones de mexicanos, esta pregunta “forma parte para un sorteo del millón”: La obstinación de Andrés Manuel López Obrador (AMLO) en seguir deformando tras bambalinas las instituciones republicanas de México, es un tema complejo y multifacético. El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el objetivo era "erradicar la corrupción, el dispendio y la frivolidad" y "recuperar el Estado de Derecho", según...

Esto sugería que AMLO buscara reformar las instituciones para “hacerlas más justas y eficientes” que, para fortuna de millones, culminó su sexenio hecho un desastre, dejando a una heredera que trae consigo un ADN de exterminio con tintes comunistas.

Todo lo que tocan estos dos agendes del poder destructor de la izquierda autócrata, buscan pulverizar hasta la unión de los mexicanos, que de por sí, viven en medio de una convulsión política y social, orillándolos peligrosamente a una crispación interna.

Algunos críticos, sin embargo, argumentan que sus métodos pueden estar dañando la estructura democrática del país. Algunos puntos de controversia incluyen la “anhelada reforma judicial”, forjando preocupación sobre la independencia del poder judicial, y del propio país.

Centralización del poder: La concentración de poder en la presidencia ha generado críticas sobre la falta de separación de poderes.

Polarización política: El estilo de gobierno de AMLO generó lastimosamente una gran polarización en la sociedad mexicana.

Es importante tener en cuenta que la percepción sobre las acciones de AMLO, varían ampliamente, dependiendo de la perspectiva política. Algunos ven sus esfuerzos como necesarios para abordar problemas estructurales, mientras que otros los consideran una amenaza para la democracia.

Si fuera el remoto caso que la Primera Magistrada de la Nación tuviera una voluntad política opuesta a la de la supremacía del pueblo, tendría ella la insana pretensión de sustituir a esa voluntad del pueblo, (la cual incluye a jueces, magistrados, ministros y litigantes), por la fuerza de la sinrazón, lo que llevaría a México a perder la justicia a la que se refiere nuestra Carta Magna.

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